El Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional de Perú condenó este miércoles al expresidente Martín Vizcarra Cornejo a 14 años de pena privativa de la libertad, al ser encontrado culpable del delito de cohecho pasivo propio en los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.

11/26/2025.
La pena concreta se divide en:
- 8 años por el caso Hospital de Moquegua.
- 6 años por el caso Lomas de Ilo.
El total acumulado alcanza los 14 años de prisión efectiva.
Juzgado: “Cometió actos ilícitos aprovechando su cargo”
Durante la audiencia, la jueza Fernanda Ayasta señaló:
“Este colegiado advierte que Martín Vizcarra cometió actos ilícitos aprovechando su cargo como presidente regional de Moquegua, condicionando a los postores para otorgarles la buena pro a cambio de dinero”.
Asimismo, la magistrada afirmó:
“Se ha logrado acreditar con grado de certeza la responsabilidad penal de Martín Vizcarra en la comisión del delito imputado, por lo que debe ser pasible de una sanción penal”.
Solicitud del 2% y pagos ilícitos acreditados
El tribunal consideró creíble, coherente y corroborada la declaración de Elard Paul Tejeda Moscoso, colaborador eficaz y directivo vinculado a Obrainsa.
“Esta judicatura considera que el acusado Martín Vizcarra Cornejo sí solicitó el pago del 2% del monto de 80.9 millones de soles por la adquisición del proyecto Lomas de Ilo”, indicó Ayasta.
El testigo detalló que los pagos se realizaron en varios tramos:
- S/ 400 mil por el alquiler de una avioneta.
- S/ 600 mil como segundo pago.
Estas entregas constituyeron, según el juzgado, parte de la ventaja ilícita exigida por el entonces gobernador.
Obras investigadas y criterios de dosificación penal
El caso incluye hechos vinculados a dos obras ejecutadas durante la gestión regional de Vizcarra:
- Proyecto Lomas de Ilo.
- Hospital Regional de Moquegua.
La jueza informó que se aplicó solo una atenuante a favor del exmandatario, por no presentar antecedentes penales. En consecuencia, la pena se fijó en el tercio inferior del marco legal correspondiente.
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Acreditación del cohecho pasivo propio
El colegiado explicó que el delito se configura cuando el funcionario condiciona su función pública a la entrega o promesa de una ventaja, sin requerirse la consumación total del pago. En juicio, se determinó que Vizcarra condicionó decisiones en ambos procesos para obtener beneficios económicos
Con información de diariocorreo.pe
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