La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia tumbó de manera definitiva el Decreto 1390, mediante el cual el gobierno de Gustavo Petro había declarado el Estado de Emergencia Económica en diciembre pasado.

04/09/2026. Con una votación contundente de 6 votos contra 2, el alto tribunal determinó que la Casa de Nariño intentó extralimitar sus funciones y pasar por encima del Congreso de la República para cubrir un millonario bache fiscal.
El fin de un «bypass» legislativo
El corazón de la controversia radicaba en la intención del Ejecutivo de recaudar entre COP 11 billones y COP 16,3 billones para financiar sectores como la salud, la seguridad y obligaciones judiciales pendientes. Lo que más llamó la atención de los magistrados fue que el Gobierno buscaba obtener por decreto el dinero que no logró conseguir cuando su ley de financiamiento se hundió en el Congreso el año pasado.
Para la mayoría de la Corte, el uso de facultades excepcionales fue injustificado. El magistrado ponente, Carlos Camargo, explicó que siete de los ocho hechos invocados por el Gobierno no eran «sobrevinientes, extraordinarios ni imprevisibles», requisitos indispensables que exige la Constitución para habilitar un estado de excepción. Por el contrario, el tribunal concluyó que se trataba de problemas estructurales, persistentes y previsibles que deben atenderse mediante los canales ordinarios de la política pública y el presupuesto.

La división en la Sala Plena
La decisión dejó en evidencia una clara postura institucional frente al respeto por la separación de poderes. Los magistrados que votaron a favor de tumbar el decreto fueron:
- Carlos Camargo (Ponente)
- Paola Meneses
- Lina Escobar
- Natalia Ángel
- Juan Cortés
- Miguel Polo
En la otra orilla, los únicos que salvaron su voto y defendieron la validez de la medida fueron Héctor Carvajal, exabogado del presidente, y Vladimir Fernández, quien fue el primer secretario jurídico de Petro al inicio de su mandato.
Maniobra en vacaciones y el limbo de los recaudos
Uno de los puntos más críticos del análisis fue la fecha de expedición del decreto: el 22 de diciembre de 2025, justo un día después de que iniciara la vacancia judicial. Esta maniobra permitió que el Gobierno operara durante un mes sin el control inmediato de la Corte, logrando recaudar aproximadamente COP 1,6 billones.
Con la caída definitiva del decreto, se genera una profunda incertidumbre sobre cómo se devolverá ese dinero a los contribuyentes. Medidas como la sobretasa del 15% al sector financiero, el IVA del 19% a licores y juegos de azar en línea, y modificaciones al impuesto al patrimonio han perdido todo sustento jurídico.
Reacción desde la Casa de Nariño
El presidente Gustavo Petro no ocultó su malestar tras el fallo. Aseguró que la decisión de la Corte «está encareciendo la deuda para que 20 dueños de bancos se sigan enriqueciendo más». El mandatario insistió en que la crisis económica es real y acusó al tribunal de impedir que se aprueben impuestos para los más ricos del país.
Es importante precisar que este fallo no afecta la otra emergencia económica decretada el 11 de febrero de 2026 para atender la ola invernal en ocho departamentos, la cual sigue bajo estudio del magistrado Miguel Polo.
La Corte fue enfática: en una democracia representativa, el hecho de que el Congreso no apruebe proyectos gubernamentales es una «vicisitud propia» del sistema y no constituye un hecho extraordinario que justifique asumir funciones legislativas por decreto.
Redacción Albitrio Fabrepe para DHH.
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