Ecuador: militares de Estados Unidos tendrán inmunidad y libre movilidad
Una vez que el presidente de Ecuador Daniel Noboa ratifique el acuerdo relativo al Estatuto de las Fuerzas, firmado por el gobierno de Guillermo Lasso con Estados Unidos, la cooperación entre militares de ambos países se ampliará.
01/26/2024. Una «trilogía de acuerdos de cooperación» marcará el camino para el trabajo conjunto de las fuerzas del orden entre Ecuador y Estados Unidos.
Los tres instrumentos fueron firmados durante el gobierno de Guillermo Lasso y, tras el dictamen favorable de la Corte Constitucional (CC), pueden entrar en vigencia sin requerir de la ratificación del Legislativo. Solo hace falta la ratificación del presidente Daniel Noboa.
Se trata de los acuerdos relativos a:
-Estatuto de las Fuerzas (SOFA, por sus siglas en inglés)
-Operaciones contra Actividades Marítimas Transnacionales Ilícitas
-Asistencia en Interceptación Aérea.
Para la canciller Gabriela Sommerfeld, esto permitirá que la cooperación pueda ser ejecutada de manera expedita. Y agregó que esto coincide con la visita de una delegación estadounidense, para analizar los métodos y asistencias para enfrentar el conflicto armado interno, con base en los tres acuerdos.
Mientras que el vicecanciller, Carlos Larrea, enfatizó que son acuerdos de cooperación temporal, en el marco de la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo, enmarcados en el derecho internacional y de los dos países.
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¿Qué implica el acuerdo relativo al Estatuto de las Fuerzas?
El documento se firmó el 6 de octubre de 2023, el 14 de noviembre fue remitido a la Corte Constitucional, para su revisión, y el 11 de enero esta le dio vía libre. El acuerdo tiene apenas 14 artículos y establece el marco bajo el cual los militares y el personal civil de Estados Unidos puede operar en Ecuador.
Es decir, los miembros de las Fuerzas Armadas y empleados civiles del Departamento de Defensa, así como los contratistas estadounidenses, empresas y firmas y sus empleados bajo contrato o subcontrato con el mismo Departamento.
Ellos podrán estar presentes temporalmente en el territorio ecuatoriano para «visitas de buques, entrenamiento, ejercicios, actividades humanitarias». Pero también para actividades de cooperación frente retos de seguridad compartidos, como tráfico ilícito, terrorismo internacional, pesca ilegal y otras actividades mutuamente acordadas.
Con el acuerdo firmado, Ecuador acepta que este personal estadounidense tenga «privilegios, exenciones e inmunidades» equivalentes a los que tiene el personal diplomático. Es decir, se aceptarán todas las licencias profesionales y estarán autorizados a vestir sus uniformes y portar armas mientras estén en servicio.
Además, Estados Unidos mantendrá el control disciplinario y la jurisdicción penal sobre su personal, dentro de territorio ecuatoriano.
Y, tanto militares como civiles, no pagarán impuestos locales y podrán importar o exportar bienes personales, equipo, suministros, pertrechos, tecnología, entrenamiento o servicios, relacionados con el acuerdo.
Estos movimientos estarán libres de «cualquier inspección, licencia, otras restricciones, tasas de aduanas, impuestos o cualquier otro cargo aplicado». Y ambos países cooperarán para «garantizar la seguridad y la protección del personal, los bienes, los equipos, los registros y la información oficial de los Estados Unidos».
A esto se suman las aeronaves, los buques y los vehículos operados por el Departamento de Defensa, que podrán entrar, salir y desplazarse libremente por el territorio ecuatoriano. Los dos primeros tampoco estarán sujetos a pagos de cuotas, parqueo, puerto, sobrevuelo, terminales y otras tarifas relacionadas.
El personal de los Estados Unidos tendrá libertad de movimiento y acceso a medios de
transporte, almacenamiento, entrenamiento y otras instalaciones, mutuamente acordados. Esto incluye la utilización del espectro radioeléctrico, para sus sistemas de comunicaciones, sin costo alguno.
El acuerdo también explicita que ambos gobiernos obviarán cualquier reclamo entre sí por daño, pérdida o destrucción de bienes, excepto los contractuales, o por lesión o muerte de miembros militares o civiles, en medio del cumplimiento de sus deberes oficiales.
Con información de primicias.ec