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Ecuador: Noboa ya puede disponer que la Policía se subordine a las Fuerzas Armadas

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En el marco del actual estado de excepción, el presidente de la República Daniel Noboa emitió un nuevo reglamento que habla sobre la subornación de la Policía Nacional a las Fuerzas Armadas.

07/12/2024. En el marco del actual estado de excepción, el presidente de la República emitió un nuevo reglamento que habla sobre la subornación de la Policía Nacional a las Fuerzas Armadas.

El Decreto Ejecutivo No. 327 se firmó el 11 de julio de 2024. El presidente Daniel Noboa emitió un nuevo Reglamento a la Ley de Defensa Nacional. Así derogó el documento que estaba en vigencia desde 2009 y que había aprobado Rafael Correa.

Según el ordenamiento jurídico ecuatoriano, los reglamentos sirven para instrumentalizar detallar las disposiciones que constan en las leyes. Su emisión es facultad única del Presidente de la República.

En el caso de la Ley de Defensa Nacional, que fue aprobada en 2007, su primer Reglamento fue emitido en marzo de 2009, por Correa. En marzo de 2023, la Asamblea Nacional —por iniciativa del entonces presidente Guillermo Lasso— reformó nueve artículos de esa Ley.

Sin embargo, las reformas al Reglamento para ajustarlo al nuevo contenido de la Ley se hicieron esperar. Hasta el 23 de noviembre de 2023, que estuvo en el poder, Lasso no hizo cambios en el reglamento.

Recién el 11 de julio de 2024, un año y tres meses después de la aprobación de la reforma a la Ley de Defensa, el presidente Noboa resolvió derogar el Reglamento vigente aprobar una nueva versión.

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¿Policía subordinada?

La atención, dentro del nuevo Reglamento, se ha centrado —sobre todo— en el artículo 25 y los relacionados. En este apartado se establece que, en medio de un estado de excepción, la Policía se subordinará a las Fuerzas Armadas (FF. AA.).

De manera extraoficial, una fuente en el Ministerio de Defensa recordó que este decreto no creó ninguna figura legal nueva, sino que simplemente actualizó el Reglamento que no había sido «armonizado» con las últimas reformas.

En marzo de 2023, con las reformas impulsadas por Lasso se hicieron cambios en los artículos 64 y 66 de la Ley de Defensa. Las reformas sirvieron para reforzar conceptos que ya había en la norma.

En estos artículos ya se menciona que la Policía es una fuerza auxiliar de las FF. AA., pero únicamente en cuanto a la soberanía y la integridad territorial. Y establece que, una vez decretado un estado de excepción por inminente agresión externa o grave conmoción interna, la Policía se subordinará al Comando de las Fuerzas Armadas.

Actualmente, en Ecuador está vigente un estado de excepción en seis provincias y el cantón Ponce Enríquez por grave conmoción interna, como parte de un conflicto armado interno en contra de 22 bandas criminales que han sido identificadas como terroristas.

Desde el Ministerio de Defensa se explica que, en el contexto de esta guerra interna, el Presidente ya podría acogerse a esta posibilidad. Para hacerlo debería incluir una disposición en el decreto de estado de excepción correspondiente. Lo que hasta el momento no ha ocurrido.

En lo que va de su período, el presidente Noboa ha emitido cuatro decretos de estado de excepción, dónde se menciona una grave conmoción interna entre las causales. Es decir, en estos decretos ha estado latente la posibilidad de que Noboa incluya una subordinación de la Policía a las Fuerzas Armadas. Pero decidió no hacerlo.

Un nuevo debate

Aunque la figura de la subordinación policial ya existía en la ley, la inclusión en el Reglamento —por parte del presidente Daniel Noboa— abre un nuevo espacio de debate.

Wagner Bravo, general de las Fuerzas Armadas en servicio pasivo y exsecretario de Seguridad Pública, recordó que al existir un conflicto armado internoestá en riesgo la soberanía, ya que los grupos delincuenciales buscan apoderarse y gobernar en ciertos espacios.

Por lo que, al estar las FF. AA. a cargo de la defensa de la soberanía nacional, mencionó Bravo, todas las fuerzas auxiliares, como es el caso de la Policía Nacionalse tienen que subordinar a la autoridad militar.

«A mí lo que me llama la atención es por qué en los decretos de estado de excepción (en el marco del conflicto armado interno) no se pone eso y no se subordina a la Policía Nacional, sino que se pone como un trabajo complementario», dijo Bravo.

Del otro lado del análisis, un General de la Policía Nacional en servicio pasivo, que fue parte del Alto Mando en períodos anteriores pero que prefiere reservar su identidad, mira con preocupación como el «Gobierno está cediendo competencias a las Fuerzas Armadas«.

Según este Oficial en servicio pasivo, existe el riesgo de caer en un ‘Gobierno Militar’, ya que al subordinar a la Policía no se aclara como se establecerán las líneas jerárquicas, es decir, no hay una normativa que establezca como ejecutar este tema.

Por ejemplo, el General se pregunta qué institución asumirá las responsabilidades legales, y hasta penales, en caso de problemas en un procedimiento de seguridad, en el que hayan participado policías y militares.

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