La Corte Suprema de Justicia dejó firme la extradición de un exfuncionario del régimen chavista trabajador de PDVSA buscado por Interpol que está acusado de haber blanqueado unos cinco millones de dólares mientras se desempeñaba como directivo de la empresa estatal de Petróleos de Venezuela (PDVSA).

02/26/2026. Se trata de Luis Abraham Bastidas Ramírez, quien es buscado por el Principado de Andorra luego de que se descubriera que funcionarios chavistas habían utilizado bancos de ese país para lavar millones originados en la corrupción.
El exfuncionario había sido detenido en 2018 por la División Investigación Federal de Fugitivos de la Policía Federal en Córdoba, Argentina, luego de tareas de inteligencia criminal que permitieron dar con el buscado. Había llegado a Argentina en 2015 y atendía un kiosco mientras su esposa regenteaba una peluquería.
La causa quedó en manos del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, a cargo de Miguel Hugo Vaca Narvaja. El buscado se negó a ser extraditado porque temía por su vida y su integridad física si Andorra lo enviaba a Venezuela. También solicitó a la Argentina ser refugiado político.
Inicialmente, el juez denegó la solicitud por defectos formales, pero en 2020 la Corte Suprema de Justicia anuló esa decisión. En octubre del 2021 el juzgado declaró procedente la extradición por blanqueo proveniente de la corrupción. La defensa apeló y la Procuración General aconsejó ratificar el fallo.
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Confirmación definitiva
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti confirmaron este jueves la decisión. La defensa se quejó porque Andorra no describió claramente los hechos que le imputan al venezolano, pero la Corte dijo que este asunto ya fue resuelto por el juez de Córdoba.
El máximo tribunal del país aseguró que Andorra informó que el delito precedente en que se sustenta la imputación por lavado de activos era “recepción de sobornos a directivos de PDVSA que mediaban en la adjudicación de obra a determinadas empresas a cambio de un precio”.
Por eso no es necesario incorporar mayores exigencias sobre la prueba del proceso extranjero que sostiene la imputación, ya que en las causas de extradición no se discute la responsabilidad del buscado en los hechos. La defensa también había planteado la prescripción de los hechos. La Corte rechazó este argumento.
Como en todos los procesos de extradición, la Corte actúa como tribunal de revisión del fallo del juez que intervino y la palabra final la tiene ahora el Poder Ejecutivo, que debe decidir si lo envía o no al Principado de Andorra.
Con información de nacion.com.ar
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