La Sección Quinta del Consejo de Estado rechazó una demanda que buscaba anular la inscripción de Abelardo de la Espriella como candidato a la Presidencia de la República e Colombia. La decisión respondió a una solicitud de nulidad del acto administrativo expedido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) mediante el cual se formalizó la inscripción del abogado y precandidato presidencial.

06/12/2026. El demandante sostuvo que el trámite de inscripción no cumplía con los requisitos legales y constitucionales exigidos para aspirar a la Presidencia. Entre sus argumentos señaló que De la Espriella posee tres nacionalidades —colombiana, italiana y estadounidense— y que no ha renunciado a ninguna de ellas. A su juicio, esa situación implicaba una vulneración de los principios constitucionales que regulan el acceso a cargos de elección popular.
Sin embargo, el magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez concluyó que la demanda fue presentada contra un acto que no puede ser objeto de control judicial en esta etapa del proceso electoral. Según explicó el Consejo de Estado, el acto de inscripción de una candidatura constituye un trámite administrativo y no una decisión definitiva que ponga fin a una actuación administrativa.
“Revisado el contenido de la demanda, el despacho advierte que el acto demandado no constituye un acto susceptible de control judicial, pues no contiene una decisión de fondo que culmine una actuación administrativa”, indicó la corporación en la providencia.
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La polémica por la nacionalidad estadounidense de De la Espriella
La discusión sobre el cumplimiento de los requisitos para que Abelardo de la Espriella aspire a la Presidencia tomó fuerza el pasado 10 de junio, cuando un grupo de 20 exmagistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, junto con otros reconocidos juristas, hizo público un pronunciamiento en el que cuestionó su candidatura debido a su nacionalidad estadounidense.
Según los firmantes, la obtención de la ciudadanía de Estados Unidos exige la realización de un juramento que implica “compromisos y deberes jurídicos con ese país”, obligaciones que, a su juicio, podrían resultar incompatibles con las responsabilidades constitucionales que asume un presidente de Colombia.
Con información de semana.com
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